Logotipo librería Marcial Pons

Direito de colocação à disposição pública interactiva das prestações dos artistas intérpretes ou executantes no direito português

  • ISSN: 1139-3289
  • Revista: ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL Y DERECHO DE AUTOR
  • Número: 35
  • Nº Pág.: 11

Producto en formato electrónico.
6,00 €

Resumen

El derecho de puesta a disposición del público interactiva previsto en el artículo 10 del Tratado
OMPI de 1996 (TOIEF) y en el artículo 3.2 de la Directiva de la Sociedad de la Información (DIS), en
lo que concierne a los artistas intérpretes o ejecutantes, no se ha transpuesto debidamente en Derecho
portugués —artículo 178.º CDADC—. El núm. 4 del artículo 178.º CDADC establece la gestión
colectiva obligatoria, incluso para los no miembros, y para la explotación primaria de las actuaciones,
o sea, la expropiación del derecho de exclusiva, incluso para usos primarios. Esto va en contra lo artículo
178.1.d) y núms. 2 y 3, creando contradicciones internas, en contra el artículo 183.º.A, creando
contradicciones sistemáticas. Además, va en contra las reglas de la gestión colectiva, es inconstitucional
y hace la regulación incompatible con TOIEF y DIS, que deben prevalecer. Así, el núm. 4
del 178.º CDADC debe considerarse derogado y ser eliminado en una futura revisión del CDADC, o
bien nuestro mercado musical y audiovisual serán deslocalizados hacia otros países, creando daños
severos en Portugal y violando las normas de competencia de la UE.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y facilitar la navegación. Si continúa navegando consideramos que acepta su uso.

aceptar más información