El desarrollo económico de nuestra sociedad y de sus mercados, así como los niveles de renta de la que disfrutan los consumidores, genera que sus actos de consumo pivoten sobre la calidad de los productos y, correlativamente, que la lucha competitiva de los operadores económicos gira en torno a esta importante variable productiva. Sin embargo, esta contienda empresarial se manifiesta formalmente al exterior mediante la utilización de signos distintivos de carácter geográfico. Repárese, en este sentido, cómo resulta constatable en la práctica comercial una tendencia a la apropiación en exclusiva de las indicaciones geográficas a través de los diferentes títulos de Derecho industrial como vía para representar la específica calidad productiva. El presente trabajo aborda esta importante circunstancia en el mercado de los aceites de oliva, para lo que resulta imprescindible el análisis de la última reforma operada sobre el Reglamento (CE) núm. 1019/2002 de la Comisión, de 13 de junio, pues ha incidido muy directamente en este aspecto concreto del etiquetado del producto oleícola.

