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En torno a la descripción como forma de representación gráfica de un signo olfativo [Comentario a la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Tercera) de 27 de Octubre de 2005, asunto t-305/04

  • ISSN: 1139-3289
  • Revista: ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL Y DERECHO DE AUTOR
  • Número: 26
  • Nº Pág.: 112

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Resumen

Tras solicitar la marca comunitaria de carácter olfativo «odeur de fraise mûre» (olor a fresa madura) para diferenciar distintos productos comprendidos en las clases 3, 16, 18 y 25 del Arreglo de Niza relativo a la Clasificación Internacional de Productos y Servicios, la OAMI denegó la inscripción mediante la resolución de 7 de agosto de 2003, al considerar que el signo solicitado no observaba la doble exigencia prevista en el artículo 4 del Reglamento 40/94 y, por tanto, incurría en el motivo de denegación contemplado en la letra a) del párrafo primero del artículo 7 del mismo cuerpo normativo. Recurrida esta decisión el 6 de octubre de 2003, la Sala Primera de Recurso de la OAMI la desestimó con fecha de 24 de mayo de 2004, entendiendo que el signo solicitado no podía ser objeto de representación gráfica en el sentido del artículo 4 del Reglamento de Marca Comunitaria y, en consecuencia, incurría en el motivo de denegación anteriormente aludido. Contra dicha resolución administrativa, se ha interpuesto el correspondiente recurso ante el Tribunal de Primera Instancia que ha sido resuelto por la sentencia que aquí se analiza.

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