Este artículo se proponer realizar un primer examen sobre algunos aspectos del régimen procesal en materia de acceso a fuentes de prueba en acciones de reclamación de daños derivados
de ilícitos antitrust, introducido por el nuevo artículo 283 bis de la LEC, como consecuencia de la transposición de la Directiva 2014/104/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de
26 de noviembre de 2014, operada por medio del Real Decreto-Ley 9/2017, de 26 de mayo. El estudio aborda la naturaleza de la institución, distinguiéndola de otros mecanismos procesales y poniéndola en contraste con el discovery estadounidense, y permite formular algunas consideraciones críticas y plantear algunos interrogantes sobre su contenido y alcance, regulación y futuro funcionamiento.

