La dimensión evocativa de las denominaciones geográficas protegidas en España y la UE (a propósito de los casos «Jabugo» y «Parmesano»)
Las denominaciones geográficas protegidas constituyen un tipo de títulos de Derecho
Industrial, cuya tutela en el ámbito comunitario se articula a través del reconocimiento
de un derecho de exclusiva. Sin embargo, aun cuando éste puede ser parangonable
al previsto para las marcas de empresa, lo cierto es que su regulación por el
legislador comunitario ha sido deficitaria en todo caso, lo que ha ocasionado que existan
determinados compartamientos lesivos que, no obstante, escapan del ámbito de
aplicación de los preceptos reguladores. Se trata de una situación normativa que, desde
luego, tampoco ha sido subsanada por la labor hermenéutica encomandada al Tribunal
de Justicia de las Comunidades Europeas que ha venido a mantener una interpretación
restrictiva del concepto «evocación», contrastando con aquella otra posición
interpretativa de nuestro Tribunal Supremo.

