La Sentencia del Tribunal Supremo, de 23 de noviembre de 2013, en el asunto del cártel del azúcar aborda algunas cuestiones relativas a la indemnización de los daños derivados de una
infracción del Derecho de la competencia. En relación con los efectos del procedimiento contencioso-administrativo previo, declara la vinculación del juez de lo civil a los hechos establecidos
por la jurisdicción contencioso-administrativa. Respecto de la existencia, alcance, y valoración de los daños derivados de un cártel, reconoce la validez de la defensa del «passing-on», pero
sometiéndola a estrictos requisitos de prueba. En el presente comentario se pretende reseñar tales cuestiones, valorando su adecuación a los principios generales del Derecho de daños y
poniéndolos en relación con la Propuesta de Directiva sobre la materia.

