El presente trabajo analiza el concepto de invitación a comprar del artículo 2.i) de la Directiva 2005/29/CE, considerando que para que exista es suficiente que la información sobre el producto y el precio permitan que el consumidor pueda tomar su decisión de compra, sin que sea necesario que la comunicación comercial ofrezca la posibilidad real de comprar el producto o que aparezca en conexión con tal posibilidad. Delimitado así el término «invitación a comprar» se analiza su aplicación a un anuncio difundido por una agencia de viajes, comentado la doctrina del caso Konsumentombudsmannen c. Ving Sverige del TJUE.

