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Significado de las nuevas tecnologías en el porvenir de las relaciones laborales

Significado de las nuevas tecnologías en el porvenir de las relaciones laborales

  • ISBN: 9788411254793
  • Editorial: Editorial Aranzadi
  • Lugar de la edición: Pamplona. España
  • Colección: Cuadernos Digitales, Derecho y Nuevas Tecnologías
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 232
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
34,74 €
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Resumen

Con el título, “Significado de las nuevas tecnologías en el porvenir de las relaciones laborales”, se incorpora una nueva área jurídica a esta importante colección, Cuadernos sobre Derecho y nuevas tecnologías, que lidera el Dpto. de Ciencia Jurídica de la Universidad Miguel Hernández, en el marco del Proyecto de investigación competitivo otorgado por la Diputación provincial de Alicante, titulado: Abogacía Digital: Derecho y Nuevas Tecnologías, dirigido por el Profesor, José Antonio Pérez Juan. Corriendo la coordinación del Proyecto correspondiente al Área de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, a cargo de la Profesora Mercedes Sánchez Castillo y de quien suscribe.

En la presente publicación se contiene, la mayoría de las ponencias que tuvieron lugar en la jornada-webinar, del día 6 de octubre de 2021. Pero también han tenido la gentileza de participar, otros profesores que completan un conjunto de capítulos, que tienen como máxima, las nuevas formas de trabajo, en particular, sobre el uso de las nuevas tecnologías en el ámbito laboral. Siendo palpable la necesidad de estar actualizados en esta importante materia.

Pero si hay algo que se debería alcanzar, es una regulación más completa de las diversas clases de tecnologías aplicadas al ámbito laboral, pues ahora mismo, tan solo se regula mediante la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos Personas y garantía de los Derechos Digitales (LOPD), determinados aspectos de la intimidad de los trabajadores, en el uso de dispositivos digitales, videocámaras, de grabación de sonidos, de geolocalización, y recientemente también, lo que podría denominarse como contramedida de protección de tales dispositivos, como es la desconexión digital, regulada en la LOPD y en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia (LTD), que incluye al teletrabajo, pero hay multitud de vertientes tecnológicas que se encuentran ayunas de normativa, como los sistemas biométricos, tratamiento masivo de datos, contratos inteligentes, más conocidos como Smart contract, etc.

La aludida jornada-webinar sobre el significado de las nuevas tecnologías en el porvenir de las relaciones laborales, pretendía concienciar acerca de la necesidad que tiene el mundo de la empresa de adaptarse a las nuevas formas de trabajo que se van imponiendo, como consecuencia, no solo de las innovaciones que obligan a renovarse en todos los aspectos de las relaciones laborales, también del riesgo de la invasión de la privacidad de los trabajadores como consecuencia de un uso indiscriminado de los nuevos dispositivos tecnológicos a disposición de empresas y trabajadores. La jornada pivotó sobre las consecuencias jurídicas en el ámbito laboral acerca del uso de las nuevas tecnologías a la luz de la última normativa directamente aplicable, como, la LOPD, el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la protección de personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE, el Real Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo (RGPD), y la importante LTD.

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