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La prueba penal

La prueba penal
(fundamentos constitucionales)

  • ISBN: 9789972043833
  • Editorial: Editora Jurídica Grijley
  • Lugar de la edición: Lima. Perú
  • Encuadernación: Cartoné
  • Medidas: 23 cm
  • Nº Pág.: 259
  • Idiomas: Español

Papel: Cartoné
34,80 €
Sin Distribución

Resumen

El libro está divido en cinco interesantes capítulos rotulados “La Prueba Penal”, “Actividad Probatoria”, “La Prueba Indiciaria”, “La Valoración de la Prueba” y “La Prueba Ilícita”. Toma en cuenta aspectos que recurrentemente deben ser consultados por todo aquel interesado en el Derecho procesal penal.
Para el autor, la finalidad de la prueba es muy puntual. Coincidimos con su juicio. La prueba está dirigida a formar convicción en el juez, claro está, a partir de la confirmación de los datos o información aportada al juicio. El Dr. Peláez Bardales realiza un análisis comparativo de medición y sostiene que, desde su perspectiva, el grado de libertad que se da a las partes en orden a la prueba, puede hacer que un sistema sea liberal o autoritario. Otro tema, no menos importante, para la actividad probatoria, es el de los principios de la actividad probatoria y cómo se incardinan en el iter del proceso penal; destaca los de inocencia, de contradicción y carga de la prueba, entre otros.
Finalmente, en la prueba ilícita o prohibida, primero se decanta por hacer precisiones terminológicas y luego desarrolla las excepciones a las reglas de exclusión, sus consecuencias jurídicas y su tratamiento en el Código Procesal Penal. De manera acertada, parte de establecer que la prueba incorporada al proceso debe ser lícita –mejor dicho, legítima–, que esta debe observar los procedimientos a efectos de no restringir derechos de los ciudadanos. Solo así, según el autor, puede ser merecedora de valor. Además parte de la idea básica de que su finalidad en el sistema penal es la búsqueda de la verdad, pero que no es un fin absoluto, pues su límite es el respeto de los derechos fundamentales. Define a la prueba ilícita como aquella que se obtiene con infracción de derechos –¿constitucionales y ordinarias?–, y que esta, por consecuencia lógica, debe excluirse del proceso. Sin embargo, aborda casos en los que se pueden aplicar excepciones, siguiendo a la jurisprudencia norteamericana, a fin de atenuar el impacto de la sensación de impunidad que genera la aplicación de las exclusiones probatorias.
Estas excepciones serían la teoría de la fuente independiente, el descubrimiento inevitable, la doctrina de la buena fe, la doctrina del nexo causal atenuado o del tinte diluido, la ponderación de intereses o la proporcionalidad. En su último acápite, aborda el tratamiento de la prueba ilícita en el Código Procesal Penal y, citando al profesor Miranda Estrampes, afirma que el codificador no ha configurado la regla de exclusión de un modo absoluto, de tal manera que cuando la vulneración no afecte el contenido esencial del derecho fundamental, los jueces podrían admitir excepciones, situación que deberá ser establecida en el caso concreto por el juez.

Prólogo de César San Martín Castro.

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