La nueva regulación de las Universidades
comentarios y análisis sistemático de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
- ISBN: 9788484446156
- Editorial: Editorial Comares
- Fecha de la edición: 2002
- Lugar de la edición: Granada. España
- Encuadernación: Rústica
- Medidas: 24 cm
- Nº Pág.: 667
- Idiomas: Español
La Ley Orgánica de Universidades, de 21 de diciembre de 2001, ha derogado y por tanto sustituido el marco normativo básico de nuestro sistema universitario, hasta esa fecha constituido por la Ley de Reforma Universitaria de 25 de agosto de 1983, la LRU en el lenguaje diario de las Universidades.
Promulgada esta última en desarrollo de las previsiones de la Constitución de 1978, entre ellas el reconocimiento de la autonomía de las Universidades (artículo 27.10 CE), sobre su base se fue construyendo un complejo entramado normativo, formado por normas estatales, de las Comunidades Autónomas y los Estatutos de las Universidades, y que engarzado y en ese sentido dependiente de la LRU, necesariamente deberá ahora ser ajustado a las determinaciones de la nueva Ley de Universidades.
Son muchas, y de alcance, las novedades de esta Ley, ciertamente de nueva planta y no de mera reforma de la LRU, aunque la misma no haya modificado en esencia el modelo universitario construido a partir de esta última, sino efectuado un profundo ajuste de sus bases normativas, actualizándolas a la vista de la experiencia en el desarrollo de ese modelo y de las transformaciones acaecidas o en curso en el horizonte del siglo XXI en el que ya nos encontramos.
La relevancia que la nueva Ley de Universidades tiene para el mundo universitario, compuesto ya por cerca de setenta Universidades, para las Administraciones educativas y para la sociedad en general, pues a todos, de manera más o menos directa, nos concierne la institución universitaria y el sistema de educación superior, nos ha movido a realizar estos comentarios a la nueva Ley que permitan, especialmente a la comunidad universitaria, los juristas y los profesionales de la Administración educativa, disponer de un análisis sistemático de sus previsiones.
Fernando Palencia, desde su profundo conocimiento de la normativa y la Administración universitarias, ha redactado los comentarios a los Títulos VII, IX, X y XI de la Ley. Yo me he encargado de la Introducción, y de los Títulos Preliminar, I, II, III, IV, V, VI, VIII, XII y XIII, así como de la coordinación del conjunto de la obra.