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El fondo de garantia salarial

El fondo de garantia salarial

  • ISBN: 9788481262803
  • Editorial: La Ley
  • Lugar de la edición: Madrid. España
  • Colección: Temas
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 23 cm
  • Nº Pág.: 475
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
59,00 €
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Resumen

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un Organismo autónomo, adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y dotado de personalidad jurídica y capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, que, de conformidad con los arts. 33 y 51.12 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), y el Real Decreto 505/1985, de 6 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Garantía Salarial (DOF), se financia con las aportaciones de los empresarios y se hace cargo de las siguientes prestaciones: 1ª) En los supuestos de insolvencia o concurso de los empresarios, si concurren determinados requisitos y dentro de los límites legales, de los salarios puros y de tramitación adeudados y de las indemnizaciones derivadas de algunos supuestos extintivos del contrato de trabajo (art. 33.1 y 2 ET). b) Con independencia de la situación de solvencia o insolvencia empresarial, de las indemnizaciones derivadas de la extinción de los contratos de trabajo por fuerza mayor de cuyo pago sea liberado el empresario por decisión de la autoridad laboral (art. 51.12 ET), y del 40% de la indemnización legal derivada de la extinción de los contratos de trabajo por las causas previstas en los arts. 51 y 52.c) del ET y 64 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (LC), en aquellas empresas que cuentan con menos de 25 trabajadores (art. 33.8 ET). La grave crisis económica que atravesamos ha puesto en un primer plano de la actualidad a esta institución de garantía salarial. El presente trabajo aborda los ámbitos subjetivo y objetivo de las prestaciones de garantía salarial, así como el procedimiento para su reconocimiento, desde una perspectiva eminentemente práctica, subrayando las cautelas y precauciones con las que los operadores jurídicos deben actuar a fin de una más rápida y pacífica solución a los numerosos problemas que la institución plantea.

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