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Derecho de defensa e intervención de las comunicaciones de los abogados

Derecho de defensa e intervención de las comunicaciones de los abogados

  • ISBN: 9788491695608
  • Editorial: Editorial Tirant lo Blanch
  • Lugar de la edición: Valencia. España
  • Colección: Derecho Procesal Práctico
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 23 cm
  • Nº Pág.: 185
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
31,90 €
Sin Stock. Disponible en 7/10 días.

Resumen

El derecho de defensa constituye el bastión infranqueable que debe imperar en un Estado de Derecho, su respeto y protección han de guiar al legislador cuando aborda la regulación de las medidas de investigación penal. Pese a la modifi cación del art. 118 de la Ley procesal penal y de una alusión general a la confi dencialidad de las comunicaciones abogadocliente, resulta sorprendente que el nuevo régimen jurídico de las medidas de investigación desarrollado por la LO 13/2015, de 5 de octubre, para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica, no recoja de forma expresa los requisitos, condiciones y efectos de la intervención de las comunicaciones de los abogados, que precisamente por su incidencia en el derecho de defensa aconsejan una regulación específi ca. Es evidente que la condición de abogado no es sufi ciente para eludir la imputación en un proceso penal, pero también resulta obvio que es esa condición de defensor y de garante de los derechos de los imputados, la que va a determinar que en una situación de imputación la adopción de este tipo de medidas deba revestirse de una mayor cautela que preserve un derecho de importancia capital en el proceso penal. Precisamente esta carencia legislativa es la que ha propiciado este estudio, en un intento de realizar un análisis del régimen jurídico de estas medidas y de los requisitos y efectos de su adopción.

Capítulo Primero
EL DERECHO DE DEFENSA Y EL DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
1. BREVES APUNTES SOBRE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA CONSTITUCIÓN DE 1978 19
2. EL DERECHO DE DEFENSA. CONSIDERACIONES GENERALES 23
3. CONTENIDO DEL DERECHO DE DEFENSA 35
A) Delimitación de su contenido 35
B) El derecho a ser informado de la acusación 40
a) Sujetos activos y pasivos del derecho 43
b) Contenido y tiempo de la información 50
c) Derecho a ser informado de la acusación y secreto del sumario 56
C) El derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable 58
D) El derecho a la asistencia letrada 64
4. DERECHO DE DEFENSA Y RELACIÓN DE CONFIANZA ABOGADO/CLIENTE. El SECRETO PROFESIONAL DEL ABOGADO 74
5. EL DERECHO AL SECRETO DE LAS COMUNICACIONES Y SU LIMITACIÓN 82
A) El derecho al secreto de las comunicaciones 82
B) Limitación del derecho al secreto de las comunicaciones 87
C) La medida de intervención de las comunicaciones personales: concepto y presupuestos para su adopción 94
6. LA LEY 13/2015, DE 5 DE OCTUBRE, DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CRIMINAL PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS PROCESALES Y LA REGULACIÓN DE LAS MEDIDAS DE INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICA. UNA REFERENCIA OBLIGADA 100
A) El principio de proporcionalidad y el contenido de la resolución judicial autorizante 103
B) El control judicial de la medida 108
C) Dos novedades del procedimiento: el informe preceptivo del Ministerio Fiscal y la declaración automática del secreto de la medida 112
Capítulo Segundo
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS PRESOS Y LA INTERVENCIÓN DE SUS COMUNICACIONES
1. LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS PRESOS Y EL SECRETO DE SU COMUNICACIONES 117
A) Los derechos fundamentales de los presos. Notas introductorias 117
B) El derecho al secreto de las comunicaciones de las personas privadas de libertad 123
a) Las comunicaciones de los internos en los establecimientos penitenciarios. Tipos de comunicaciones 123
b) Comunicaciones orales 129
c) Comunicaciones escritas 131
d) Comunicaciones telefónicas 131
e) Comunicaciones con los abogados y procuradores 132
2. LA MEDIDA DE INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES EN EL ÁMBITO PENITENCIARIO. RÉGIMEN GENERAL 133
A) Consideraciones generales 133
B) Requisitos de la medida 136
a) Acuerdo motivado del director del centro 137
b) Notificación de la medida al interno y dación de cuenta a la autoridad judicial 139
Capítulo Tercero
LA INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ABOGADOS
1. LA CONFIDENCIALIDAD DE LAS COMUNICACIONES CON LOS ABOGADOS Y LA AUSENCIA DE REGULACIÓN ESPECÍFICA DE LA MEDIDA EN LA LEY PROCESAL PENAL 145
A) La confidencialidad de las comunicaciones con los abogados prevista en el art. 118.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal 145
B) La ausencia de regulación específica de la medida en la Ley procesal penal 148
2. SUPUESTOS DE INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES DE LOS ABOGADOS. RÉGIMEN GENERAL 151
A) Intervención de las comunicaciones del sujeto que no ha adquirido la condición de investigado 152
B) Intervención de las comunicaciones del sujeto investigado que se encuentra en libertad 154
C) Intervención de las comunicaciones del abogado investigado 155
3. INTERVENCIÓN DE LAS COMUNICACIONES CON LOS ABOGADOS EN EL ÁMBITO PENITENCIARIO 158
A) La protección de las comunicaciones del interno con el abogado defensor o el llamado para asuntos penales 158
B) Posición del Tribunal Constitucional 164
C) Requisitos específicos de la intervención en el art. 51.2 LOGP 168
a) Exigencia de autorización judicial 168
b) Motivación y proporcionalidad de la medida 172
c) Ámbito delimitado de aplicación. Supuestos de terrorismo 175
BIBLIOGRAFÍA 179

Resumen

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