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¿Castigo sin soberano? Ius Puniendi y función del Derecho penal internacional

¿Castigo sin soberano? Ius Puniendi y función del Derecho penal internacional
dos estudios para una teoría coherente del Derecho penal internacional

  • ISBN: 9789587109078
  • Editorial: Universidad del Externado de Colombia
  • Lugar de la edición: Bogotá. Colombia
  • Colección: Colección de Estudios
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 20 cm
  • Nº Pág.: 98
  • Idiomas: Inglés

Papel: Rústica
10,57 € 10,04 €
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Resumen

El Derecho Penal Internacional (DPI) no tiene una teoría coherente, pero sí sufre de al menos cuatro defectos bastante graves. Primero, como punto de partida, el concepto y significado de DPI en sus diferentes variaciones debe ser clarificado (‘la cuestión del concepto y significado’). Segundo, la cuestión de si y cómo puede existir el poder punitivo a nivel supranacional sin un soberano (‘la cuestión del ius puniendi’) debe ser respondida de manera satisfactoria. Tercero, la función o propósito global del DPI, en oposición al derecho penal nacional (‘la cuestión de la función global), debe ser explicada de manera más convincente. Cuarto, los fines de la pena en el DPI, en oposición a los fines tradicionales discutidos en el derecho penal nacional, deben ser elaborados (‘la cuestión de los fines de la pena’). Hay una relación en parte vertical y en parte horizontal entre estas cuestiones; por ejemplo, es imposible reflexionar sobre el ius puniendi, sobre la función global y sobre los fines de la pena sin haber clarificado primero el concepto de dpi. Además, un tratamiento de la función global y de los fines de la pena parece que tiene que basarse en la justificación del ius puniendi. En efecto, la falta de una respuesta satisfactoria a la cuestión del ius puniendi es, quizás, la debilidad teórica más importante del DPI actual. Por consiguiente, este trabajo pretende desarrollar una teoría coherente del DPI. En la primera parte se trata de resolver las dos primeras cuestiones, enfocando el aspecto del ius puniendi. En la segunda parte se analiza la tercera cuestión de la función (global) del DPI. Implícitamente se refiere también a la cuarta cuestión de los fines de la pena.

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