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Sobre la prohibición de discriminación en las tarifas de las entidades de gestión: Comentario a la Sentencia del Tribunal Supremo de 22 de diciembre de 2008

  • ISSN: 1139-3289
  • Revista: ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL Y DERECHO DE AUTOR
  • Número: 29
  • Nº Pág.: 13

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Resumen

El 22 de diciembre de 2008 el Tribunal Supremo dictó una sentencia clave en el control judicial de las tarifas de las entidades de gestión. En esta sentencia el Tribunal Supremo anula unas tarifas generales aprobadas por la Sociedad General de Autores de España (SGAE) por considerar que éstas vulneraban el principio de libertad contractual. Además, en la misma sentencia reduce el importe de dichas tarifas hasta ajustarlas con las tarifas negociadas más ventajosas que la SGAE había negociado con la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (AFYVE). El Tribunal Supremo alinea así sus tesis con las que había defendido, seis años antes, el Tribunal de Defensa de la Competencia, quien había condenado a la SGAE por discriminar a Vale Music con respecto a los miembros de AFYVE. La sentencia comentada constituye un buen ejemplo del doble control a posteriori de las tarifas de las entidades de gestión: control ejercido
por la jurisdicción civil, de una parte, y por la autoridad administrativa de competencia, por otra.

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