Problemática de la práctica promocional mediante premio: entre la práctica engañosa y la práctica agresiva. A propósito de la Sentencia del TJUE de 18 de octubre de 2012
La sentencia del TJUE de 18 de octubre de 2012 aborda una práctica considerada por
la Directiva comunitaria de 2005 como desleal per se. Se trata de una práctica regulada en el
artículo 22 de la LCD, en el marco de las prácticas señuelo y promocionales, en particular en
el apartado 6. El trabajo aborda el engaño y la agresión ínsita en la práctica promocional de
concesión de un premio que lleva aparejada gastos económicos no advertidos previamente al
consumidor.

