Cuando se anula un plan recobra su vigencia el planeamiento anterior. Ello provoca graves problemas entre la realidad, transformada después de largos procesos de cambios urbanísticos, y la nueva ordenación obsoleta y anacrónica que recupera su vigencia. Para afrontar este problema, es posible suspender ese planeamiento previo desfasado y ordenar provisionalmente o transitoriamente la zona afectada por la nulidad hasta que se apruebe
un nuevo plan. Es una evolución de la clásica potestad de suspensión del planeamiento que se utiliza ahora para hacer frente no solo a los procesos de revisión o modificación del plan, sino también cuando la ordenación ha sido anulada.

