Este estudio parte de una reciente sentencia del Tribunal General de la Unión Europea para discutir algunas cuestiones relacionadas con las marcas descriptivas y su ámbito de
protección en el Derecho de la Unión Europea, especialmente con relación al llamado secondary meaning.
En particular se argumenta que una marca descriptiva, aunque pueda adquirir un significado secundario e incluso reputación, no debiera servir para prohibir a los competidores el uso de la expresión, no sólo en modo puramente descriptivo, sino también en un modo genuinamente marcario (rectius: como parte de una marca compleja válida). De hecho, si fuera de otro modo, los derechos de marca crearían un monopolio excesivo e injustificado sobre el término descriptivo, desconociendo los motivos por los que se ha concedido protección al signo que ha adquirido distintividad. En realidad, parece preferible que las marcas descriptivas que han adquirido secondary meaning estén sujetas a los mismos límites de protección establecidos por las normas legales de la Unión Europea y el case-law para las marcas en general.

