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Los municipios y la protección frente a las emergencias: competencias administrativas y condiciones de ejercicio de las mismas

  • ISSN: 978-84-9768-494-1
  • Revista: JORNADAS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL (3.2007.Toledo)
  • Número: 3

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5,00 €

Resumen

I. INTRODUCCIÓN.—II. EL SISTEMA DE PROTECCIÓN CIVIL Y LA POSICIÓN
DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL DENTRO DE ÉL.—III. EL MUNICIPIO Y SUS COMPETENCIAS
ADMINISTRATIVAS EN MATERIA DE PROTECCIÓN CIVIL.—1. Breve
referencia histórica sobre las competencias municipales en materia de protección civil.—2. La
asignación de competencias en materia de protección civil por la LBRL.—3. La asignación de
competencias administrativas específicas en materia de protección civil: la perspectiva material.—
A) La previsión y la prevención en materia de protección civil local.—a) La creación de
las estructuras municipales de protección civil.—b) Los programas de prevención de riesgos y
las campañas de información.—B) Planificación: los planes municipales de protección civil.—
a) El plan territorial del municipio en materia de protección civil.—a’) Noción y funcionalidad
del plan territorial municipal de protección civil.—b’) Obligatoriedad de su elaboración.—c’)
Contenido mínimo según la Norma Básica de Protección Civil de 1992 y homologación de los
planes.—d’) Naturaleza jurídica.—e’) Ámbito territorial.—f’) Ámbito temporal.—b) Los llamados
planes sectoriales aplicables a situaciones de emergencias.—c) Los planes municipales
de protección para hacer frente a riesgos concretos.—d) Los planes de autoprotección.—C)
Intervención: la activación de los planes de ámbito superior, la coordinación operativa, los catálogos
de recursos movilizables y las reglamentaciones de los voluntarios de protección civil.—
a) La activación de los planes municipales y de los de ámbito superior.—b) La denominada
coordinación operativa.—c) Los catálogos de recursos movilizables.—d) Voluntariado.—D) La
rehabilitación-recuperación.—E) Otras competencias que les atribuya la legislación vigente a
los municipios.—4. Los órganos administrativos locales y el ejercicio de las competencias en
materia de protección civil.—A) El alcalde como autoridad máxima a nivel territorial municipal.—B) Las atribuciones del Pleno en materia de protección civil.—5. Los órganos municipales
de apoyo en materia de protección civil: las Comisiones locales de protección civil.—IV.
PROTECCIÓN CIVIL, ESTADOS EXCEPCIONALES Y ADMINISTRACIÓN LOCAL.—
ANEXO LEGISLATIVO.

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