El 22 de enero de 2008 entró en vigor el Reglamento (CE) núm. 110/2008 por el que se regula la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de bebidas espirituosas, y se deroga el Reglamento (CEE) núm. 1576/89. El Reglamento (CE) núm. 110/2008, con una normativa más completa, pasa a establecer un sistema de registro comunitario de tales indicaciones, así como un sistema de protección jurídica que presenta bastantes afinidades con el ya previsto anteriormente en el Comunidad para las indicaciones geográficas de otros productos agrícolas y alimenticios a través del Reglamento (CE) núm. 510/2006. En este trabajo se examina esta regulación y, en particular, el concepto de indicación geográfica fijado en la nueva norma, el sistema de registro, el contenido de la protección jurídica otorgada a las denominaciones registradas, así como las relaciones con las marcas.

