La protección como marca de las formas técnicamente necesarias: el caso «LEGO» [Comentario a la Sentencia del Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas (Sala Octava), de 12 de noviembre de 2008, asunto T-
La sentencia objeto de este comentario confirma la doctrina contenida en la sentencia «Philips/Remington» y declara la prohibición de registrar mediante marca una forma de un producto cuyos elementos esenciales son necesarios para la obtención de un resultado técnico, sin que la existencia de otras formas alternativas de obtención del mismo resultado pueda enervar, por sí sola, la aplicación de la prohibición absoluta de registro.

