Bajo el punto de vista jurídico la libertad religiosa debe ser entendida
como el principio que regula las relaciones entre la Iglesia y el Estado,
de acuerdo con el derecho fundamental de los individuos de defender,
propagar y sostener sus creencias religiosas. También la libertad religiosa
es una libertad colectiva, y este aspecto es tan importante que los
ordenamientos jurídicos cuando la regulen lo que hacen es regular la
libertad de confesiones religiosas. De ahí que la libertad religiosa incorpore
la libertad de cultos, que es el ejercicio externo de la confesión
religiosa.

