En el ámbito del transporte es habitual que surjan pluralidad de sujetos,
ya que los contratos de transporte con pluralidad de porteadores resulta habituales,
lo que dificulta la determinación de la responsabilidad, lo que hace
cuestionarse la aplicación de la culpa in eligendo, figura que se ha incorporado
a la responsabilidad contractual. Esta incorporación tiene sus consecuencias
puesto que limita el recurso a la responsabilidad extracontractual usada para
evadir los límites a la responsabilidad del porteador. Asimismo, los contratos de
transporte se encuentran relacionados con el contrato de compraventa y, aunque
tengan regímenes de responsabilidad diferentes, es necesario examinar la culpa
in eligendo para resolver la cuestión de si el responsable es quién elige o quien
contrata con el porteador en el marco de la compraventa.

