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España ratifica el Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas (TLT-SINGAPUR)

  • ISSN: 1139-3289
  • Revista: ACTAS DE DERECHO INDUSTRIAL Y DERECHO DE AUTOR
  • Número: 29
  • Nº Pág.: 19

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Resumen

El Tratado de Singapur sobre el Derecho de Marcas ha sido adoptado, el 27 de marzo de 2006, por una Conferencia Diplomática de la OMPI celebrada en Singapur. El objetivo del TLT-Singapur es el de simplificar y armonizar los procedimientos administrativos en relación con las solicitudes nacionales y regionales de marcas y la protección de éstas. Pueden ser Parte contratante del Tratado los Estados soberanos, así como las Organizaciones intergubernamentales que cuentan con una Oficina para el registro de marcas con efectos en el territorio de sus Estados miembros, tales como la Unión Europea y la Organización Africana de la Propiedad Intelectual. Las disposiciones del Tratado se complementan con las contenidas en su Reglamento y en los Formularios internacionales-tipo. El Tratado entró en vigor con carácter general el 16 de marzo de 2009.

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