El procedimiento contencioso relativo al transporte marítimo en relación con la garantía de los Clubs de P & I
Entre las actividades cotidianas, algunas son esenciales para nosotros porque
no podemos prescindir de ellas. Es el ejemplo del transporte. En efecto, todos
los días, para ir a la escuela o para ir al trabajo, utilizamos un medio de transporte.
Pueden ser autobús, tranvía, metro, tren, coche, etcétera.
Esta constatación que hacemos sobre la importancia del transporte en nuestra
vida civil es igualmente válida en materia económica y comercial. En efecto,
las mercancías se fabrican y se transportan hacia el lugar de venta. Antes de
esta fase de fabricación, fue necesario, por el fabricante, adquirir los materiales
y objetos que habían sido transportados. A este respeto, el transporte marítimo
ocupa un lugar primordial porque el 90 por 100 de las mercancías mundiales se
transportan por mar. Así, el transporte marítimo, de personas o de mercancías,
es una actividad esencial para la economía mundial.
Dado que se trata de un medio específico, la resolución de dichos litigios
obedece también a un procedimiento contencioso a menudo particular. Por otra
parte, esta particularidad procedimental refleja la actividad de los Clubs de P&I.
En la práctica, dicha particularidad se observa a través de diversos elementos. Se
tratará, por una parte, de la elección del órgano jurisdiccional competente y, por
otra parte, de la elección de la ley aplicable. A esto, podemos añadir la diversidad
de «poderes» que poseen cada una de las partes en litigio.

