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El positivismo frente a los desacuerdos jurídicos. Comentario a Los desacuerdos jurídicos y la “doble naturaleza” del derecho de Andrea Dolcetti y Giovanni B. Ratti

  • ISSN: 1126-5779
  • Revista: ANALISI E DIRITTO
  • Número: 2012

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5,00 €

Resumen

En este comentario trataré de mostrar que la idea de que el derecho tiene una naturaleza doble, en el sentido propuesto por Andrea Dolcetti y Giovanni B. Ratti, no puede aceptarse como una respuesta satisfactoria al argumento de los desacuerdos que ofrece Ronald Dworkin en crítica al positivismo jurídico, dado que resulta parcial o incompleta en un sentido importante. Si se abandona la versión débil de la tesis de las fuentes sociales que subyace a la idea de que el derecho posee una naturaleza doble, adoptando una versión más robusta de esa tesis a partir de lo que Juan Carlos Bayón denomina “convencionalismo profundo”,
puede darse una respuesta satisfactoria a la crítica de Dworkin desde los presupuestos conceptuales que caracterizan al positivismo jurídico.



Abstract: In this commentary I shall try to show that the idea that law has a double nature, as intended by Andrea Dolcetti and Giovanni B. Ratti, cannot be accepted as a satisfactory reply to the argument from disagreement which Dworkin
puts forward in criticizing legal positivism. This is so because it is a partial and incomplete reply. If one abandons the weak version of the sources thesis which underlies the idea that law has a double nature, and opts for a stronger version, founded on what Juan Carlos Bayón dubbed “deep conventionalism”, one can give a satisfactory reply to Dworkin’s criticism within the conceptual presuppositions which characterize legal positivism.

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