El artículo 3 del Real Decreto-ley 9/2017, de 26 de mayo, modifica, entre otras cuestiones, el apartado 2 de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de
la Competencia, estableciendo un nuevo concepto de cártel en el Derecho español. El cártel ha sido considerado como una conducta especialmente dañina para la competencia y representa
un concepto con claros efectos jurídicos. El presente artículo estudia y valora esta última modificación legislativa, con el objeto de contribuir a dotar de seguridad jurídica a un concepto tan
relevante en el ámbito del Derecho de la Competencia. No se trata de realizar una delimitación completa del cártel sino de destacar y valorar las auténticas novedades de la última reforma de
la Ley de Defensa de la Competencia, así como de sus implicaciones en el sistema del Derecho antitrust.

