Derecho moral del arquitecto: el caso Calatrava (Comentario a la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao, de 23 de noviembre de 2007)
En este caso, el prestigioso arquitecto, Santiago Calatrava demanda el Ayuntamiento de Bilbao (y dos sociedades promotoras) por infracción de su derecho moral a la integridad de su puente peatonal denominado Zubi Zuri («puente blanco», en euskera). A causa de la apertura de un nuevo complejo de edificios, el ayuntamiento autorizó la construcción de una pasarela conectada a la obra de Calatrava, diseñada por el arquitecto japonés Arata Isozaki y unida al puente de Calatrava después de la remoción de una balaustrada. Calatrava considera se daña la integridad de su obra, y por ello solicitó el desmantelamiento de la nueva conexión y que el Zubí Zuri sea restaurado a su estado original, así como una compensación por daños morales y la publicación de la sentencia en la prensa nacional especializada. El juez reconoció que la remoción de parte de la balaustrada y su conexión con el otro puente constituye una alteración en la obra de Calatrava, pero la utilidad pública del anexo —la pasarela ahorra al público un tiempo y esfuerzo considerables a la hora de cruzar el río— debe prevalecer sobre el interés privado del autor.

