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Depósito y enajenación de las mercancías

  • ISSN: 1889-1810
  • Revista: REVISTA DE DERECHO DEL TRANSPORTE. Terrestre. Marítimo. Aéreo y Multimodal
  • Número: 6
  • Nº Pág.: 21

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Resumen

El art. 44 de la Ley del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías establece un procedimiento especial de ejecución singular a través del depósito y la enajenación judicial o ante las Juntas Arbitrales del Transporte de las mercancías transportadas, y declara la afectación de las mismas a las obligaciones derivadas del contrato de transporte. El procedimiento de depósito y enajenación facilita la liberación al porteador de su prestación y la resolución de las cuestiones que se plantean en relación a la extinción del contrato. Además, hace posible la venta inmediata de las mercancías perecederas y también la enajenación, de una manera ágil y flexible, de los objetos del transporte sin que pierdan su valor económico. De ese modo, permite al porteador obtener la satisfacción de su crédito y, al mismo tiempo, ofrece garantías suficientes al titular de las mercancías. Este procedimiento de ejecución singular tiene plenos efectos liberatorios para el porteador y limitados efectos de garantía en orden a la satisfacción de su derecho de crédito, al no haber declarado la LCTTM expresamente su eficacia en el ámbito del concurso.

Abstract:The Law on Contract of Carriage of Goods by Land in his article 44 establishes a special execution procedure through the storage and the judicial sale, or before the Arbitration Board of Transportation of the goods transported, and declares the affectation of such a obligations under the contract of carriage. The storage and sale procedure facilitates the release of the carrier from its obligation and the resolution of issues arising in relation to termination of contract. It also makes possible the immediate sale of perishable goods, in an agile and flexible way, without losing its economic value. Thereby allowing the carrier to obtain satisfaction of their credit and at the same time, provide sufficient guarantees to the holder of the goods. This special execution procedure frees the carrier but limited impact in order to guarantee the satisfaction of his right of credit, because the Law does not declare its effectiveness in insolvency proceeding.

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