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De las Cortes orgánicas a las Cortes democráticas

  • ISSN: 2255-5838
  • Revista: AYER
  • Número: 15

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5,00 €

Resumen



La idea de que las Asambleas legislativas son órganos máximos del poder del Estado forma parte de la justificación teórica del Estado democrático de Derecho. Pero la existencia de una o varias cámaras legislativas no implica que nos encontremos ni ante un Estado democrático, ni ante un Estado de Derecho. Los Parlamentos, aunque las denominaciones varían según los
países, son órganos colectivos que asumen como tarea principal la función legislativa y de control del gobierno. Con el Parlamento aparece el principio de representación política, que no tiene por qué estar vinculado al de representación democrática.

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