I. INTRODUCCIÓN
El 17 de agosto de 2006, en la cúspide de las vacaciones veraniegas, cuando
España está casi cerrada a las noticias de política nacional de alcance, los Grupos
Parlamentarios Socialista e Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds presentaron
una Proposición no de Ley 1 sobre la extensión del derecho de voto, en las elecciones
municipales, a los extranjeros residentes legales, para su debate en el Pleno
del Congreso de los Diputados. Era prácticamente imposible que, a la vista de la cercanía
de las próximas elecciones municipales —en la primavera de 2007—, pueda
recorrer todo el camino para hacer efectivo ese deseo en tan inminente fecha, máxime
cuando en la misma propuesta, y con carácter previo, se solicitaba que pidiera un
dictamen al Consejo de Estado, como máximo órgano consultivo del Gobierno, para
que determinase la adecuación de la propuesta con la exigencia del art. 13.2 de la
Constitución española, según el cual «solamente los españoles serán titulares de los
derechos reconocidos en el art. 23, salvo lo que, atendiendo a criterios de reciprocidad,
pueda establecerse por tratado o ley para el derecho de sufragio activo y pasivo
en las elecciones municipales».

