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Reconvención y excepciones reconvencionales en la LEC 1/2000

Reconvención y excepciones reconvencionales en la LEC 1/2000

  • ISBN: 9788447017829
  • Editorial: Editorial Civitas
  • Lugar de la edición: Madrid. España
  • Colección: Monografías
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 20 cm
  • Nº Pág.: 305
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
43,33 €
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Resumen

" La obra que se presenta en estas líneas tiene por finalidad el estudio sistemático de la reconvención y las excepciones reconvencionales de compensación y nulidad según la regulación de la LEC 1/2000, que ha innovado esta institución estableciendo límites precisos para su ejercicio. De este modo la Ley atiende a los problemas que había planteado la regulación de la LEC de 1881, que admitía como reconvención cualquier petición, incluida en el escrito de contestación de la demanda, que excediera de la petición de absolución, aunque no constara formulada de forma expresa. El nuevo sistema de reconvención exige conexidad y forma expresa, además de otros requisitos que se analizan desde un punto de vista teórico y práctico según se trate del juicio ordinario, el verbal o los procesos especiales. Concretamente, se analizan las cuestiones que mayor interés, y dudas, pueden plantear a los intervinientes en el proceso: el tiempo y forma de la reconvención; la petición por el reconviniente de medidas cautelares o diligencias preliminares antes de la demanda; la imposibilidad de que el demandante reconvenga a su vez contra el demandado reconviniente; la interposición y el modo en que deba notificarse la reconvención en el juicio verbal; la extensión de la demanda reconvencional frente a terceros o el codemandado; los efectos procesales de la reconvención; o los problemas que se plantean en la tercería de dominio. También se analizan las excepciones reconvencionales de compensación y nulidad que se introducen en el proceso como excepción, pero que se tramitan y tienen efecto de reconvención. La regulación de estas excepciones se estudia con atención a su naturaleza jurídica a fin de precisar cuál sea el ámbito determinado por la Ley en el art. 408. A este efecto se plantea principalmente si la compensación judicial y la anulabilidad alegadas como excepción deben tener el tratamiento de excepción reconvencional o, por el contrario, deben formularse expresamente como reconvención. Además, se estudia con detalle la sustanciación de estas medidas, así como el efecto que su resolución producirá en el proceso.

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