La coordinación entre federaciones deportivas y ligas profesionales
régimen jurídico público y privado
- ISBN: 9788429030075
- Editorial: Editorial Reus
- Fecha de la edición: 2026
- Lugar de la edición: Madrid. España
- Colección: Scientia Iuridica
- Encuadernación: Rústica
- Medidas: 24 cm
- Nº Pág.: 237
- Idiomas: Español
La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, incorporó una nueva regulación para el deporte profesional, basada en la aparición de un nuevo actor. Las ligas profesionales, a las que dotó de reconocimiento legal y atribución de competencias propias. Entre éstas, les asignó la organización de las competiciones que se calificaran como profesionales, en coordinación con las federaciones deportivas españolas.
Esta controvertida referencia terminológica a la coordinación, los importantes intereses en juego y concepciones antagónicas sobre la naturaleza, alcance y contenido de aquélla y de las relaciones que se debían articular en torno a la misma, han venido motivando desde entonces tensiones y conflictos, especialmente en el fútbol.
Una legislación incompleta y ambigua en origen, la coexistencia de normas estatutarias y reglamentarias de ligas y federaciones que prolongan y desarrollan el marco legal, la figura de los convenios de coordinación, el ejercicio de fundaciones públicas y privadas, el rol del Consejo Superior de Deportes en los conflictos de competencia, distintas concepciones doctrinales y la respuesta jurisdiccional ofrecida alas discrepancias que se han venido produciendo conforman un complejo entramado jurídico que ha ido además evolucionando, a analizar de manera ordenada y reflexiva, en especial tras la aprobación de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte. y de las Sentencias que desde el año 2020 se han ido dictando sobre el particular, delimitando jurisprudencialmente las relaciones y competencias entre federaciones deportivas y ligas profesionales.
1. Introducción
2. El concepto de coordinación. En particular, la coordinación administrativa y la problemática para su aplicación a la coordinación entre federaciones y ligas
2.1. Consideraciones generales
2.2. La coordinación en el ámbito administrativo
2.3. La coordinación en otros ámbitos y sectores
2.4. La coordinación en el deporte profesional
A) Antecedentes: el modelo anterior a la Ley 10/1990
B) El disruptivo e innovador modelo de deporte profesional (Ley 10/1990)
C) El continuista (con matices) modelo de 2022
3. La coordinación entre ligas y federaciones: análisis legal
3.1. Concepto, naturaleza jurídica y contenido
A) Concepto
B) Naturaleza jurídica
C) Contenido
3.2. Competencias exclusivas
A) De las federaciones deportivas españolas
B) De las ligas Profesionales
3.3. Competencias a coordinar y coordinables
A) Competencias a coordinar
B) Competencias coordinables
3.4. Competencias residuales
3.5. Atribución de competencias en defecto de convenio
4. La coordinación entre ligas y federaciones: análisis jurisprudencial
4.1. La Sentencia del Tribunal Supremo (sala de lo contencioso) de 19 de febrero de 2020, y sus antecedentes
4.2. La Sentencia de 16 de octubre de 2025 de la Sala de lo civil del Tribunal Supremo y sus antecedentes (la coordinación ligas – federaciones desde la óptica mercantil)
A) Auto nº 57/2020, en apelación, de la Audiencia Provincial de Madrid, sobre medidas cautelares
B) Sentencia de apelación de la Audiencia Provincial de Madrid nº 243/2021, de 18 de junio
C) Sentencia de la Sala de lo civil del Tribunal Supremo nº 1440/2025, de 16 de octubre
4.3. La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo contencioso-administrativo) de 15 de abril de 2024 y sus antecedentes
4.4. La Sentencia de apelación de la Audiencia Nacional (Sala de lo contencioso-administrativo) de 7 de noviembre de 2024 y sus antecedentes
4.5. La Sentencia de la Audiencia Nacional (Sala de lo contencioso-administrativo) de 18 de diciembre de 2024 y sus antecedentes
4.6. La Sentencia de la Sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional de 25 de abril de 2025
4.7. A modo de recapitulación: la desautorización jurisprudencial de los criterios federativistas radicales
5. La coordinación entre ligas y federaciones: convenios y resoluciones sustitutivas
5.1. Fútbol profesional masculino
5.2. Fútbol profesional femenino
A) Actuaciones anteriores a la Ley 39/2022
B) Actuaciones posteriores a la Ley 39/2022
C) Por fin, el convenio de coordinación
5.3. Baloncesto profesional masculino
5.4. Balonmano profesional masculino
6. Naturaleza de las competencias de las ligas profesionales
6.1. Competencias o funciones públicas
A) Organizar las competiciones profesionales, en coordinación, cuando proceda, con la federación
B) La participación en la expedición de las licencias mediante el visado previo
C) Ejecutar las resoluciones del Tribunal Administrativo del Deporte, cuando proceda
6.2. Competencias o funciones privadas
A) La comercialización de la competición
B) Ejercer la potestad disciplinaria sobre sus asociados
C) La tutela, control y supervisión de sus asociados
D) La emisión de determinados informes previstos en la Ley o sus disposiciones de desarrollo
6.3. Competencias o funciones de naturaleza mixta, indefinida o dudosa
A) Asegurar el cumplimiento de los requisitos de las competiciones profesionales
B) El control económico (y no económico) de las entidades afiliadas
6.4. Las competencias asumidas por las ligas profesionales en sus estatutos, admitidas por la Administración
A) Fútbol profesional masculino (LALIGA)
B) Fútbol profesional femenino (LIGA F)
C) Baloncesto profesional masculino (ACB)
D) Balonmano profesional masculino (ASOBAL)
7. A modo de epílogo
Bibliografía

