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Derecho internacional del medio ambiente

Derecho internacional del medio ambiente

  • ISBN: 9788496354432
  • Editorial: Atelier
  • Lugar de la edición: Barcelona. España
  • Colección: Atelier Internacional
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 445
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
45,00 €
Sin Stock. Disponible en 7/10 días.

Resumen

Análisis jurídico en la protección internacional del medio ambiente desde los primeros intentos de proteger mediante la regulación internacional determinados espacios ambientales hasta la actualidad, con especial énfasis en las dos etapas fundamentales en la protección internacional del medio ambiente, es decir, la etapa que cubre desde la Conferencia de Estocolmo sobre el medio humano de 1972 hasta la Conferencia de Río sobre medio ambiente y desarrollo de 1992 y el que trascurre desde esta última hasta la actualidad.

A través de esta obra se analizan los diferentes preceptos en torno al medio ambiente procedentes de distintos ámbitos internacionales, sin bien dentro de la Organización internacional de Naciones Unidas, a fin de determinar, una vez introducidos en el crisol del catálogo de las fuentes del derecho internacional ofrecido por el artículo 38 del Estatuto del Tribunal Internacional de Justicia, aquellos que tienen la calificación de normas jurídicas. Con dicho análisis se pretende determinar si estamos en presencia de una rama del derecho internacional público suficientemente desarrollada para dar satisfacción a las necesidades que en este ámbito precisa la sociedad internacional o por el contrario solo podemos hablar de una rama en proceso de formación, siendo esta a la conclusión a la que se llega, debido a la escasez de normas consuetudinarias perfectamente formadas así como d

CAPÍTULO I.
ORÍGENES DE LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL AMBIENTAL . . . . . . . . . . . . . . . 21
Pimera Parte. Primeras convenciones internacionales que regulan
problemas originados en algunas esferas del medio ambiente . . . . . 21
Segunda Parte. Inicio de un Derecho consuetudinario del medio
ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 41
1. Análisis de la costumbre internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 42
1.1. El artículo 38.1 del estatuto del Tribunal Internacional
de Justicia y el concepto de norma consuetudinaria . . . . . . . 42
1.2. Elemento material de la costumbre internacional . . . . . . . . . 48
1.3. Elemento espiritual de la costumbre internacional . . . . . . . . 61
1.4. La cristalización de la costumbre internacional . . . . . . . . . . . 66
1.5. Elementos de influencia en la formación de la costumbre . . . 68
1.6. Efectos jurídicos de la norma internacional consuetudinaria . . 90
2. Nacimiento de las normas consuetudinarias en la protección
internacional del medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94
2.1. Deber de no causar daños medioambientales
transfronterizos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 94
2.2. Deber de intercambio de información . . . . . . . . . . . . . . . . . 102
Tercera Parte. Principios generales del derecho del medio ambiente . . . 106
1. Principio de buena fe . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114
2. Principio de buena vecindad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 117
3. Principio general de cooperación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 121
4. Principio de equidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 127
CAPÍTULO II.
SEGUNDA ETAPA EN EL PROCESO DE FORMACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL
DEL MEDIO AMBIENTE: DESDE LA CONFERENCIA DE ESTOCOLMO SOBRE EL
MEDIO HUMANO HASTA LA CONFERENCIA DE RÍO SOBRE EL MEDIO AMBIENTE . . . 13
Pimera Parte. Evolución experimentada en la protección internacional
del medio ambiente a raíz de la Conferencia de Estocolmo sobre
el medio humano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 137
Segunda Parte. Desarrollo convencional en torno a la protección
internacional del medio ambiente en la era posterior a la
Conferencia de Estocolmo sobre el medio humano . . . . . . . . . . . . 155
1. Estructura de los instrumentos convencionales internacionales
en torno a la protección del medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . 155
2. Participación en los tratados medioambientales . . . . . . . . . . . . . 165
3. Cláusulas de interpretación en los tratados medioambientales . . . 175
4. Las reservas y otras declaraciones unilaterales en los tratados
medioambientales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 177
5. Procedimiento de enmienda a los tratados medioambientales . . . . 190
6. Institucionalización de los tratados medioambientales . . . . . . . . . 198
7. Evolución de las obligaciones convencionales en torno a la
protección del medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 205
8. La solución de controversias en los tratados medioambientales . . 217
Tercera Parte. Desarrollos en el nacimiento de las normas
consuetudinarias en la protección internacional del medio
ambiente a raíz de la Conferencia de Naciones Unidas sobre
el medio humano . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 222
1. Deber de no causar daño medioambiental transfronterizo . . . . . . 222
2. Deber de intercambiar información para la protección del medio
ambiente y prevención de los daños ambientales . . . . . . . . . . . . 234
3. Deber de consultas sobre las medidas preventivas . . . . . . . . . . . 241
4. Deber de valoración del impacto medioambiental en un contexto
transfronterizo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 246
Cuarta Parte. Principios generales del Derecho internacional del medio
ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 254
1. Principio de prevención . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 254
2. Principio de precaución . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 262
3. Principio de cooperación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 267
4. Principio de equidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 273
CAPÍTULO III.
EL DERECHO INTERNACIONAL CONTEMPORÁNEO DEL MEDIO AMBIENTE: DESDE
LA CONFERENCIA DE RÍO A LA ACTUALIDAD . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 279
Primera Parte. Aportación de la conferencia de Naciones Unidas
sobre medio ambiente y desarrollo con respecto a la protección
internacional del medio ambiente anterior a la celebración
de la II Cumbre Mundial sobre el medio ambiente . . . . . . . . . . 279
Segunda Parte. Evolución experimentada en la protección
internacional convencional del medio ambiente con posterioridad
a la conferencia de Naciones Unidas sobre medio ambiente
y desarrollo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 300
1. Estructura de los instrumentos convencionales internacionales
en torno a la protección del medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . 300
2. Participación en los tratados medioambientales . . . . . . . . . . . . . 311
3. Cláusulas de interpretación en los tratados medioambientales . . . 316
4. Las reservas y otras declaraciones unilaterales en los tratados
medioambientales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 317
5. Procedimientos de enmienda a los tratados medioambientales . . . 323
6. Institucionalización de los tratados medioambientales . . . . . . . . . 331
7. Evolución de las obligaciones convencionales en torno a la
protección del medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 338
8. La solución de controversias en los tratados medioambientales . . 350
Tercera Parte. Desarrollo de las normas consuetudinarias
internacionales en torno a la protección del medio ambiente . . . . . 353
1. Deber de no causar daño medioambiental transfronterizo . . . . . . 354
2. Deber de intercambiar información para la protección del
medio ambiente y la prevención de sus daños . . . . . . . . . . . . . . 359
3. Deber de notificación a otros Estados del riesgo de sufrir daños . 365
4. Deber de entablar consulta sobre las medidas preventivas . . . . . . 370
5. Deber de valoración del impacto medioambiental . . . . . . . . . . . 373
Cuarta Parte. Principios generales del derecho internacional del
medio ambiente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 379
1. Principio de precaución . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 380
2. Principio de equidad y de la responsabilidad común pero
diferenciada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 392
3. Principio de quien contamina paga . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 412
CONCLUSIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 417

Resumen

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