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Comentarios a la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público

Comentarios a la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público

  • ISBN: 9788499033945
  • Editorial: Editorial Aranzadi
  • Lugar de la edición: Pamplona. España
  • Edición número: 2ª ed.
  • Colección: Grandes Tratados
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 24 cm
  • Nº Pág.: 1226
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
160,00 € 152,00 €
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Resumen

La promulgación de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, constituye uno de los hitos más relevantes en materia de ordenación de la función pública, en la medida en que establece los principios generales aplicables al conjunto de las relaciones de empleo público comprendiendo aquello que es común a los funcionarios de todas las Administraciones Públicas, más las normas legales específicas aplicables al personal laboral a su servicio. En este sentido, la Ley 7/2007 resulta novedosa en su intento de conseguir que los empleados públicos tengan un haz mínimo de derechos y obligaciones, como consecuencia de tener un "empleador" único, la Administración Pública. De su contenido podemos destacar los siguientes aspectos: El EBEP actualiza ese catálogo de derechos, distinguiendo entre los de carácter individual y los derechos colectivos, e incorpora a los más tradicionales otros de reciente reconocimiento, como los relativos a la objetividad y transparencia de los sistemas de evaluación, al respeto de su intimidad personal, especialmente frente al acoso sexual o moral, y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Por primera vez se establece en nuestra legislación una regulación general de los deberes básicos de los empleados públicos, fundada en principios éticos y reglas de comportamiento, que constituye un auténtico código de conducta. Se regula la nueva figura del personal directivo, que está llamado a constituir en el futuro un factor decisivo de modernización administrativa, puesto que su gestión profesional se somete a criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad y control de resultados en función de los objetivos. Por otro lado, en materia de acceso al empleo público, se ha añadido el criterio favorable a la paridad de género, en coherencia con la mayor preocupación actual de nuestro ordenamiento por garantizar la

Dirs. Alberto Palomar Olmeda, Antonio V. Sempere Navarro ; Coord. R. Yolanda Quintanilla Navarro

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