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Muerte del arrendatario de vivienda: Art. 16 y Disposición Transitoria Segunda, apdo. 4, LAU 29/1994

Muerte del arrendatario de vivienda: Art. 16 y Disposición Transitoria Segunda, apdo. 4, LAU 29/1994
(Revista Jurídica de Arrendamientos Urbanos, Nº 363, año 2024)

  • ISBN: 9788410538535
  • Editorial: Sepin - Servicio de Propiedad
  • Lugar de la edición: Madrid. España
  • Colección: Al Detalle: Jurisprudencia
  • Encuadernación: Rústica
  • Medidas: 28 cm
  • Nº Pág.: 132
  • Idiomas: Español

Papel: Rústica
37,34 €
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Resumen

Analizamos las resoluciones judiciales más recientes e interesantes dictadas por los tribunales sobre el derecho de subrogación en el arrendamiento de vivienda ante el fallecimiento del arrendatario, regulado en el art. 16 y en la Disposición Transitoria Segunda, apdo. 4 y ss., de la LAU 29/1994. ¿Quiénes son los sujetos con derecho a subrogarse? ¿Cuáles son los requisitos de convivencia y de notificación? ¿El cónyuge tiene la consideración de cotitular o no a efectos del cumplimiento de notificar el ejercicio de este derecho? ¿El conocimiento por el arrendador del fallecimiento del arrendatario excluye tal notificación? ¿Existe un límite en el número de las subrogaciones? ¿Cuál es el plazo de duración? ¿Cabe el pacto contractual de renuncia a este derecho? Todas estas cuestiones son analizadas minuciosamente en las sentencias que le mostramos por conceptos y fechas, y con un título resumen para agilizar la búsqueda del profesional dedicado a los arrendamientos urbanos. Y, además, en la parte de Actualidad: - Condición de gran tenedor de vivienda: Distintos supuestos - Desistimiento del arrendatario de vivienda y situación del cónyuge o pareja de hecho - Limitación extraordinaria de la actualización de la renta en 2023, 2024 y 2025

Sujetos con derecho

Cónyuge

No se considera cotitular

Se considera cotitular

Parejas de hecho

Hijos

Ascendientes

Otros familiares

Orden de preferencia

Requisito de convivencia

Cónyuge

Pareja de hecho

Hijos

Personas con minusvalía

Requisito de notificación

Necesidad

Conocimiento del arrendador

No es necesaria

Es necesaria

Consentimiento del arrendador

Aceptación tácita

Aceptación del pago de renta

No aceptación del pago de renta

Forma de realizarla

Plazo de tres meses

Número de subrogaciones permitidas

Cónyuge

Hijos

Duración de la subrogación. Hijos

Plazo de dos años

Hasta el fallecimiento por hijos con discapacidad

Hasta el fallecimiento por hijos perceptores de prestaciones públicas por jubilación o invalidez

Hasta el fallecimiento por hijos mayores de 65 años

Renuncia al derecho de subrogación

Resumen

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