el art.7.2 de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas y el art.36.2 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de marcas
Las importaciones paralelas son fruto de la confluencia de dos circunstancias. Por un lado del principio del agotamiento del derecho de marca, que introduce un importante límite al derecho exclusivo de su titular y favorece la libre circulación de las mercancías, y por otro de ...